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Fin a la cobertura de sanciones administrativas y penales

Los directivos no podrán asegurarse frente a las multas

El borrador de la Ley de Contrato de Seguro impide a las pólizas de responsabilidad civil cubrir sanciones penales y administrativas.

Los directivos no podrán asegurarse frente a las multas
Los directivos no podrán asegurarse frente a las multas

Tomar decisiones conlleva riesgos. Una orden errónea puede desencadenar una cascada de demandas, pleitos y malos tragos. Los directivos lo saben y, por eso, las pólizas de responsabilidad civil profesional tienen cada vez una mayor aceptación entre los administradores de empresas.

Estos productos protegen a los ejecutivos frente a las reclamaciones judiciales, vengan estas de los accionistas de la propia compañía, de sus empleados, de los clientes, de la competencia, de los acreedores o de la Administración. El seguro puede sufragar los gastos de defensa jurídica, las fianzas judiciales, las indemnizaciones a los perjudicados y, hasta ahora, también el pago de multas. Pero esto último va a cambiar.

El Ministerio de Justicia prevé excluir la cobertura frente a sanciones administrativas y penales de las pólizas de responsabilidad civil profesional. Así lo adelantó ayer Ricardo Lozano, director general de Seguros, en unas jornadas organizadas por el bufete CMS Albiñana y Suárez de Lezo.

En concreto, la comisión general de codificación ha decidido incluir en su informe sobre el anteproyecto de Ley de Contrato de Seguro el siguiente párrafo: "Serán nulas, por ser contrarias al orden público, las cláusulas contractuales cuyo objeto sea la cobertura de sanciones penales o administrativas".

Dicho en otras palabras, la futura norma desea evitar que un directivo se vea animado a quebrantar la ley a sabiendas de que, en última instancia, su patrimonio personal estará salvaguardado de cualquier penalización pecuniaria impuesta por el Estado gracias a la protección de un seguro.

"En este momento no hay ninguna limitación a las coberturas de esos productos. Por tanto, a día de hoy te pueden pagar la multa. Depende del contrato y de las exclusiones que contenga", explicó Lozano a este diario.

En todo caso, el texto debe ser sometido a debate, como recordó el responsable del supervisor. De momento, desde Unespa se oponen a la propuesta. "Creemos que no deben asegurarse las actuaciones dolosas, pero no tiene sentido impedir la cobertura de sanciones administrativas. Si no se autoriza en España, las entidades contratarán la protección en otros países de la UE", indican fuentes oficiales de la patronal.

No obstante y a pesar de lo que apunta el borrador de la Ley de Contrato de Seguro, el sector continuará compensado otras sanciones más cotidianas. Como señala el anteproyecto de Ley de Ordenación y Supervisión de Seguros Privados (LOSSP), la prohibición no abarca los subsidios que dan las aseguradoras de coches a un cliente cuando le retiran el carné de conducir.

Radiografía sectorial

Los seguros de responsabilidad civil profesional han ganado popularidad en España desde 2000, aunque comenzaron a emitirse en 1990. Todas las empresas del Ibex lo contratan para sus altos cargos. Otro tanto hacen el 69% de las cotizadas en el mercado continuo y un 39% de las no cotizadas. Entre pymes su presencia es residual (16%). En 2009, facturó 115 millones de euros en primas. Buena parte del negocio lo abarcan cuatro compañías especializadas.Según indicó Sergio Muñoz, director de D&O de Willis, dos tercios de las reclamaciones contra directivos son interpuestas por accionistas y empleados. La siniestralidad se sitúa en el 17%. Casi todo el dinero va a gastos de defensa jurídica (78%) y fianzas (13%). La crisis económica, con el repunte de concursos de acreedores desde finales de 2007, ha disparado las reclamaciones.

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